“Es el conjunto de normas jurídicas que van a regular
los derechos de autor en el ámbito de la informática.”
Cuando el Internet,
inicio su apogeo, la información no estaba controlada, nadie se preocupaba, por
respetar, quien había escrito esa información, ni quien la había publicado,
entonces, la mayoría de las personas, quería subir información a la red.
Conforme los usuarios de Internet, fueron creciendo y explotando la
información, que descargaban de la red, los autores y editores, comenzaron a
limitar el contenido de sus obras, ya que se generó mucho el plagio.
Hoy en día, uno de los
principales obstáculos, para poder publicar en la red, es realmente los
derechos del autor. Como suele suceder, la tecnología ha rebasado las leyes de
la información y aún no se tiene un control absoluto en cuanto a la
reproducción, copia, distribución y uso de la información digital.

La
protección por derecho de autor también incluye derechos morales los cuales
son: el reivindicar la autoría de una obra y al derecho de oponerse a
modificaciones de la misma que pueden atentar contra la reputación del creador.
Autoría y crédito:
El o la titular de los derechos de autoría goza de
derechos exclusivos respecto de:
- Reproducir
la obra en copias
- Preparar
obras derivadas basadas en la obra.
- Distribuir
copias de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias
de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
- Presentar
y mostrar la obra públicamente.
Licencias creativa
commons y copy rigth:

Copyright (C): La
más restrictiva y la más conocida por todos (seguramente lo segundo es
consecuencia de lo primero). Es un conjunto de normas donde todos los
derechos son del propietario de la obra (Todos los derechos reservados). Dicha
obra no puede ser utilizada ni modificada bajo ningún concepto sin
autorización. Suelen tener un valor determinado en el tiempo según el tipo de
obra. Cuando dicho tiempo haya pasado, los derechos pasan a ser de dominio
público. Es importante saber dos cosas:
·
El registro de una
obra no es obligatorio ya que con la simple creación de la misma los
derechos quedan ligados.
·
Si en una obra no hay
ningún aviso legal (o ni siquiera el simbolo ©) se considera que la obra tiene
Copyright.
Copyleft (Ɔ): este
grupo de licencias, creadas en el ámbito informático a principios de la década
de los años ochenta, garantizan el derecho de cualquier usuario a utilizar,
modificar y redistribuir una obra y sus derivados siempre que se mantengan
estas mismas condiciones de utilización y difusión. Las obras pueden ser
tanto un programa informático como una obra de arte, cultura, ciencia, etc. Y
aunque no siempre se sepa, una obra derivada que haya sido mejorada y
desarrollada puede llegar a ser comercial (no es cierta la creencia de Copyleft
= gratis)
Creative Commons (CC): estas
licencias permiten a los autores poder decidir la manera en la que su obra va a
circular en Internet, es decir, los autores pueden ceder a otras personas
algunos derechos (con condiciones) y mantener otros. Estas licencias son gratuitas (solamente
debes ser autor y titular para poder licenciar una obra) y al igual que el
copyright, el registro no es obligatorio. Importante: que una obra tenga
CC no significa que no tenga Copyright.
TIPOS DE LICENCIAS CREATIVE COMMONS: Ya que este tipo de licencias son idóneas para entornos
web, vamos a ahondar un poco más en los tipos de licencias que hay. Lo primero
que hay que saber son las condiciones que hay en Creative Commons:
·
Atribución o
reconocimiento (attribution): la obra puede ser explotada pero es
obligatorio reconocer siempre la autoría de la misma.
·
No comercial (non
commercial): el material original y los trabajos derivados pues ser
distribuidos, copiados o exhibidos mientras su uso no sea comercial.
·
Sin obra derivada (no derivate
works). La obra se puede copiar, distribuir o exhibir pero sin alterar la obra
original. Por ejemplo, no puede cogerse una parte de una fotografía.
·
Compartir igual (Share
alike): se pueden realizar trabajos derivados pero deben tener la misma licencia
que el original para ser divulgados.
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